VISADO DE TRABAJOS PROFESIONALES

¿QUÉ ES EL VISADO?

Mediante el visado se:

  • Establece la seguridad de los trabajos profesionales.
  • La adecuación del proyecto a las leyes, normas y reglamentaciones técnicas existentes, tanto a nivel europeo, como estatal, autonómico y municipal.
  • La “competencia” del profesional que firma el proyecto profesional: su identidad, titulación, capacitación y habilitación legal del colegiado-autor. Asegura su formación y sus conocimientos técnicos. Y la calidad, seguridad y economía de la obra, instalación y/o trabajos realizados.

CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL

Si vas a redactar proyectos, firmar certificados o dirigir obras, debes tener un seguro de responsabilidad civil profesional. No lo pases por alto, te juegas mucho. Algunos colegios ofrecen seguros colectivos o seguros individuales negociados con ventajas, al ser negociados de forma colectiva. Para algunas profesiones, es uncoste muy significativo, que tendrás que repercutir en los trabajos.

REQUISITOS PARA EL VISADO DE TRABAJOS PROFESIONALES

Establecidos por el Reglamento del Ejercicio Libre de la Profesión de Ingeniero Técnico Industrial

  1. Generales
  • Estar colegiado.
  • No estar inhabilitado para el Ejercicio Libre de la profesión por Sentencia Judicial firme.
  1. Particulares

Anualmente se presentará en el Colegio, además de lo establecido en las condiciones generales, la documentación que justifique que se está al corriente de todo lo derivado de las situaciones administrativas , indicadas a continuación:

2.1. Requisitos Ejercicio Libre por cuenta propia

  • Formulario de alta/renovación de Ejercicio Libre de la Profesión Colegiados por Cuenta Propia.
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas del Colegiado, en la Actividad Profesional Sección 2 Grupo 321 “Ingenieros Técnicos Industriales y Textiles”. Se puede tramitar telemáticamente ante la Agencia Tributaria. (Requiere Certificado de Firma Digital)
  • Copia del condicionado de la póliza (cuando el seguro sea ajeno al ofertado por el Colegio) y recibo del Seguro de Responsabilidad Civil anual del colegiado, con límite por asegurado/siniestro/año de 3.500.000 Euros, para riesgos en trabajos de ingeniería.

         El Colegio ofrece el seguro de responsabilidad civil  concertado con el Consejo General con condiciones ventajosas. BOLETIN ADHESIÓN SRC 2024

2.2. Requisitos Ejercicio Libre por cuenta ajena (vinculados a empresas)

  • Formulario de alta/renovación de Ejercicio Libre de la Profesión Colegiados por Cuenta Ajena.
  • Recibo correspondiente a la liquidación del Impuesto de Actividades Económicas de la Empresa, en su caso, o documentación legal que justifique la actividad de la misma (El epígrafe fiscal de la sociedad corresponderá con las actividades en las que se precise intervención profesional de ingeniería, en las que se incluyan proyectos, direcciones de obra, etc.) Por lo tanto, sólo se admitirán epígrafes correspondientes a la División 5ª de la Sección 1ª de las Tarifas del IAE o aquellas que las sustituyan o modifiquen.
  • Copia del condicionado de la póliza (cuando el seguro sea ajeno al ofertado por el Colegio) y recibo del Seguro de Responsabilidad Civil de la empresa o del colegiado, con límite por asegurado/siniestro/año de 3.500.000 Euros, para riesgos en trabajos de ingeniería.

        El Colegio ofrece el seguro de responsabilidad civil concertado con el Consejo General con condiciones ventajosas. BOLETIN ADHESIÓN SRC 2024

VISADO DE TRABAJOS PROFESIONALES

El visado de trabajos profesionales puede realizarse de dos maneras:

Para la elaboración de trabajos profesionales hay que tener en cuenta la UNE 157001:2014

PRECIOS DE VISADO 

El Colegio de Segovia aplica, en concepto de derechos de visado los siguientes precios marcados:

En Junta General Ordinaria celebrada el 11 de Marzo de 2024, se aprobó la ampliación-modificación de la tarifas vigentes desde Julio 2017.

Antecedentes: En Junta General Ordinaria celebrada el 3 de Marzo de 2014, se aprobaron esta nuevas tarifas, manteniéndose las tarifas aprobadas el 14 de Octubre de 2013, relativas a las Certificaciones Energéticas de Edificios. En Junta de Gobierno del 12 de Mayo se aprobó los códigos de trabajos. En Junta de Gobierno 20 de Abril de 2015 se aprobó una actualización de tarifas. La última actualización de códigos de trabajos han sido aprobados en Junta de Gobierno celebrada el 14 Marzo de 2016 (vigentes desde el 1 de Abril de 2016). En Junta de Gobierno de 29 de Abril se aprobó la inclusión de un código de trabajo nuevo entrando en vigor a partir del 21.07.2020. En Junta de Gobierno de 20 de Septiembre se aprobó la inclusión de varios códigos de trabajo, estando estos pendientes de aprobación en JGO. En Junta General Ordinaria celebrada el 27 de Febrero de 2017, se aprobó la ampliación de las tarifas vigentes desde Marzo 2014. En Junta General Ordinaria celebrada el 21 de Julio de 2017, se aprobó una nueva actualización de tarifas.

DOCUMENTOS RELACIONADOS CON TRABAJOS PROFESIONALES

Plantilla de firmas
Hoja de encargo de trabajo profesional
Autorización envío trabajo JCyL
Nombramiento Director de Obra
Certificado Dirección de obra
Nombramiento de Coordinador de SyS
Acta de aprobación de plan de SyS
Libro de Incidencias
Certificado de Legalización de Obra Civil
Solicitud de Visado de documentación aneja y/o sustitutiva